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Los alcances de la pregunta de la consulta popular

Por: Hugo Patlán


Con independencia de que nuestra opinión jurídica es que la materia de consulta planteada por el Presidente de la República es inconstitucional, cuyo análisis es previo al de la pregunta, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ha establecido que ese ejercicio democrático presentado a la valoración del tribunal constitucional y del Congreso de la Unión, es constitucional.

La SCJN en su resolución ha modificado la materia de la consulta. Lo ha transmitido el Presidente de la SCJN. De consultar investigaciones del orden penal prohibidas (planteamiento del Presidente de la República) derivaron aparentemente a procedimientos sobre responsabilidad política o administrativa de servidores públicos -que eventualmente concluirán en asuntos penales-.

En consecuencia de o para para declarar la constitucionalidad de la materia, se modificó la pregunta que será presentada a la ciudadanía el 1 de agosto de 2021, en un proceso aún no muy claro, particularmente por lo que hace a campañas, financiamiento, medios de comunicación, etcétera. Todo con el proceso electoral 2020-2021 aún en curso.

La pregunta remitida por el Titular del Ejecutivo Federal establecía una consulta:

  • Para que las autoridades competentes investigaran delitos. En la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (Constitución) establece el monopolio de la investigación en el Ministerio Público -artículo 21-.

  • Los sujetos de investigación eran cinco ex presidentes por la presunta comisión de delitos durante sus gestiones y con posterioridad a las mismas.

La consulta será otra a la planteada por el Presidente de la República, no será para investigar delitos, no será para investigar a los ex presidentes, ni será para revisar con el visor penal sus gestiones. Será una consulta para que el pueblo determine la investigación de los ex presidentes, sin preguntarlo.

La nueva pregunta, es genérica (intencionalmente genérica, dijo el Ministro Presidente de la SCJN) y ambigua:


¿Estás de acuerdo o no en que se lleven a cabo las acciones pertinentes, con apego al marco constitucional y legal, para emprender un proceso de esclarecimiento de las decisiones políticas tomadas en los años pasados por los actores políticos encaminados a garantizar la justicia y los derechos de las posibles víctimas?
  1. No será para investigar, sino para realizar las acciones pertinentes. Es decir, todas las posibles actualmente previstas en el orden jurídico nacional e internacional, incluyendo la investigación.

  2. Las acciones pertinentes se harán en el marco constitucional y legal. El pueblo no decidirá nada fuera del marco jurídico y que actualmente ya es posible realizar.

  3. Las acciones pertinentes son para emprender un proceso, no varios. Habrá que aclarar si se trata de un proceso complejo o a qué proceso en lo singular se refiere.

  4. El proceso será para esclarecer las decisiones políticas tomadas en los años pasados. Tan amplio como como decir de 2019 hacia atrás y hasta la Independencia de México.

  5. La materia será las decisiones políticas, es decir, las millones que se han tomado en la historia del país por todo político.

  6. Todo encaminado a garantizar la justicia y los derechos de las posibles víctimas, es decir, al principio, a procesos de procuración de justicia y jurisdiccionales.

  7. Pero cualquier resultado que tenga la consulta, no obligará a nadie.

Y el costo de la consulta con estos alcances ...

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